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Asamblea de Representantes: Disposiciones aprobadas

Asamblea de Representantes: Disposiciones aprobadas

La Caja de Seguridad Social informa las disposiciones aprobadas por la Asamblea de Representantes de fecha 24 de junio de 2016, de particular interés para los beneficiarios por estar relacionadas con sus haberes previsionales.

En primer lugar, respecto de la aplicación de la recaudación de las contribuciones del 5% de la Comunidad Vinculada, para el presente período, este beneficio específico consistirá en dos pagos adicionales, el primero se hará conjuntamente con los haberes de septiembre de 2016 y el segundo con los de marzo de 2017.

Respecto del primer pago, se distribuirá el 100% de lo recaudado en concepto de contribuciones del 5% (neto de gastos de recaudación) correspondientes al período enero – junio de 2016, mientras que en el segundo pago se distribuirá igual porcentaje de lo recaudado en el período julio – diciembre de 2016. En ambos casos, la mencionada distribución se realizará en proporción a los importes de básicos o mínimos abonados a los beneficiarios.

Por otro lado, respecto del valor del caduceo y las pautas para su ajuste, se resolvió lo siguiente:

a) Incrementar su valor a partir del 1° agosto de 2016, fijándolo en $57,71;

b) Incrementar su valor a partir del 1° febrero de 2017, fijándolo en $61,69;

c) Facultar al Consejo de Administración para que, en función del comportamiento de las variables macroeconómicas, establezca el valor con vigencia a partir del 1° de mayo de 2017, respetando la decisión asamblearia de incrementar hasta el 32% sobre el valor vigente al 24 de junio de 2016.

En tal sentido, su haber básico y diferenciado (determinados en caduceos) correspondiente a los haberes del mes de agosto (percibidos el primer día hábil de septiembre) y siguientes, se verán modificados conforme los incrementos mencionados precedentemente.

Cabe aclarar que los referidos incrementos no alcanzan a los Beneficios Vitalicios o Programados dado que los mismos están calculados en pesos y reciben anualmente la rentabilidad promedio de las inversiones obtenida por la Caja, conforme a lo establecido en los artículos 15° y 16° del “Anexo A” Resolución de Consejo Directivo N° 3050 y sus modificatorias -Régimen Especial de Capitalización de Aportes Excedentes-, respectivamente.

Por último, nos resta señalar que se encuentra vigente la posibilidad de incorporar un co-titular a la caja de ahorro en donde percibe su beneficio previsional. Para iniciar dicho trámite, deberá presentarse en la sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires donde se encuentra radicada su cuenta.

Ante cualquier consulta, puede comunicarse al 0221.441.4141 interno 3083.