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Supervivencia 2022: El 31 de agosto vence el plazo

Se recuerda que el vencimiento del plazo para cumplir con la obligación de presentar el certificado de supervivencia correspondiente a los beneficiarios de prestaciones previsionales vence el 31 de agosto de 2022.

A fin de facilitar el proceso de certificación, a partir del control de supervivencia 2021, se incorporó como método adicional de certificación la verificación y autenticación de identidad por medio de biometría facial con prueba de vitalidad mediante el uso de la aplicación móvil TUID Vida.

Si realiza el trámite satisfactoriamente, recibirá un correo electrónico en la casilla informada en la etapa de registración, también puede controlar sus certificaciones consultando en el menú Historial de certificaciones de la aplicación.

Debajo puede encontrar disponible para su descarga el instructivo de uso de la App.

Por otro lado, también puede efectuarse el trámite de la manera tradicional, realizando la certificación ante cualquiera de las siguientes autoridades: Juez de Paz, Escribano, Registro Público de Comercio, Policía, Registro Civil, Consultado / Embajada y Secretario Técnico de cualquier Delegación del C.P.C.E.P.B.A.

Adicionalmente, le recordamos que la normativa vigente exceptúa de la presentación anual del certificado de supervivencia a aquellos beneficiarios que mantengan la matrícula activa y que, a su vez, hayan realizado actuaciones profesionales originales que requieran certificación de firma ante el C.P.C.E.P.B.A. durante el periodo abril / agosto (fecha de informe) correspondientes al año 2022.

Es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación provoca la suspensión del pago de su beneficio previsional hasta tanto el formulario sea correctamente presentado.

Para consultas o sugerencias, puede comunicarse con su Delegación o Receptoría de pertenencia.