Préstamos: Nuevos valores de montos máximos a partir del 1° de abril

El Consejo Directivo resolvió incrementar los máximos montos prestables de las diferentes líneas de créditos, para las solicitudes presentadas a partir del 1° de abril de 2023. Conozca los nuevos valores.
En la tabla que se ofrece a continuación se comparten los montos máximos establecidos por la Resolución CD N° 3901 para las solicitudes presentadas a partir del 1° de abril de 2023.
Monto Máximo de Préstamos (a partir del 1° de abril de 2023) | ||
Monto Máximo de Préstamos por categoría de aportante | ||
Tipo de Préstamo | Aportante sin deuda exigible | Aportante con buen cumplimiento -MONTOS DIFERENCIALES- |
Profesional | $3.000.000 | $3.600.000 |
Profesional a sola firma | -------- | $600.000 |
Asistencial | $3.000.000 | $3.600.000 |
Hipotecario | Suspendido | Suspendido |
Iniciación | $600.000 | |
Jubilados y Pensionados | $600.000 | |
Capacitación | $600.000 | |
Eventos | $300.000 | |
Promoción Consejo | $300.000 | |
Joven Matriculado | $300.000 | |
Para Inclusión Previsional | (A) |
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Para Emergencia Climática | (B) |
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1) CAPACIDAD MÁXIMA DE PRESTAMOS: Para el solicitante de préstamo, la sumatoria del total de las líneas de préstamo Profesional, Asistencial, Iniciación y para Promociones del CPCEPBA y Adquisición de material de actualización profesional que posea vigentes, no podrá superar el importe de $4.200.000. No se consideran en dicho límite las líneas de préstamo de Capacitación Profesional, de Eventos e Hipotecarios. 2) LIMITACIÓN DEL MONTO COMO FIADOR: el monto total a garantizar no podrá superar el importe de $4.200.000. (A) El monto máximo para esta línea de préstamo, estará en función de la metodología de cálculo establecida en el presente reglamento. |
Por su parte, mediante la Resolución CD N° 3902 se resolvió aprobar como tasa de interés compensatorio general de los préstamos, la tasa de interés del 41,5% nominal anual; mientras que para los préstamos hipotecarios se estableció la tasa de interés del 36% nominal anual, para los préstamos asistenciales la tasa de interés del 21% nominal anual, y para la tasa de los préstamos de inclusión previsional la tasa de interés del 21% nominal anual, todas con vigencia a partir del 1° de abril de 2023.
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