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Respuesta de la UIF a solicitud de FACPCE

En función de las inquietudes planteadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en el mes de diciembre de 2012 alrededor de que algunos matriculados habían recibido de la UIF, en su carácter de sujetos obligados cédulas por medio de las cuales les solicitaban el congelamiento administrativo de bienes de las personas enlistadas en las mismas, la Unidad de Información Financiera informa la publicación de la Resolución UIF n° 29/13  (Prevención de la financiación del terrorismo. Modalidad y oportunidad del cumplimiento de la obligación de reportar los "hechos" u "operaciones sospechosas" de financiación del terrorismo para todos los sujetos obligados enumerados en el artículo 20 de la ley nº 25.246 y sus modificatorias. Congelamiento administrativo de activos vinculados a la financiación del terrorismo), publicada en el Boletín Oficial el 18 de febrero de 2013.

Los antecedentes de la presentación realizada ante la UIF pueden ser consultados en:
Requerimientos de la UIF a profesionales
El contenido completo de la Resolución UIF n°29/13 puede ser consultado en el siguiente enlace:
Resolución UIF n°29/13