Sus aportes al sistema jubilatorio
Comprenda cómo funciona nuestro sistema de previsión social para tomar en cada instancia de su vida las mejores decisiones que impactarán luego en su haber jubilatorio.
- Los profesionales matriculados en el Consejo Profesional son afiliados obligatorios de la Caja de Seguridad Social y deben realizar el pago del aporte mensual durante el período en que mantenga su matrícula activa.
- La edad jubilatoria es a los 65 años para hombres y mujeres.
- El Caduceo es la unidad de medida para determinar el monto de los aportes mínimos y las prestaciones básicas de los beneficios previsionales.
- Hasta los 33 años de edad puede realizar menores aportes solicitando la reducción del aporte mínimo (al 50% o al 25%). Tenga en cuenta que en caso de ejercer esta opción, el monto del haber básico de la futura jubilación se verá reducido en la misma proporción, así como también en la capacidad prestable.
- Si se encuentra obligado a realizar aportes previsionales a otros sistemas, en razón del ejercicio de su profesión en relación de dependencia, puede aportar a nuestra Caja el 50% de lo correspondiente, mientras dure la relación de dependencia e independientemente de la edad que tenga. La reducción de aportes se encuentra disponible solo para quienes aportan en la escala A.
- Conozca los Caduceos a aportar mensualmente en cada escala y cómo multiplicar su jubilación.
- Los aportes que excedan los mínimos establecidos se consideran Aportes excedentes y se afectan a un régimen de capitalización individual, acumulable y de propiedad de cada afiliado que lo genere. Para aquellos afiliados que se encuentren en el régimen de reducción de aportes sólo se considerarán aportes excedentes los que superen la suma anual de los mínimos considerados al cien por ciento (100%).
- Anualmente los afiliados pueden optar por la restitución de aportes excedentes o bien por el no retiro de los fondos y su acumulación en el sistema de capitalización.
> Sobre nuestro sistema previsional
- Nuestro sistema previsional establece los siguientes beneficios previsionales: Jubilación ordinaria, Jubilación parcial, Jubilación por invalidez, Pensión, y Beneficio anual complementario.
Tipo de beneficios | Requisitos legales para su acceso |
Jubilación ordinaria |
• 65 años de edad |
Jubilación parcial |
• 65 años de edad |
Jubilación por invalidez |
• Sin límite de edad |
Pensión |
• Sin requisito de edad |
Beneficio anual complementario |
• Equivale a la doceava parte de lo devengado en el año en concepto de jubilación ordinaria, jubilación parcial, jubilación por invalidez o pensión. Su pago se efectiviza en dos oportunidades y junto con las prestaciones de los meses de junio y diciembre de cada año. |
- El haber previsional que recibirán los jubilados se compone de lo resultante del Régimen de Aportes Mínimos y del Régimen de Capitalización de Aportes Excedentes.
- El Régimen de Aportes Mínimos da derecho a un haber básico.
- Por otro lado, el Régimen de Capitalización de Aportes Excedentes da derecho a optar entre tres beneficios: Beneficio Vitalicio, Programado o Programado Temporario.
- Las escalas de aportes que dan derecho al haber básico, establecen el aporte mensual por tramos de edad. Por su conformación decreciente (asigna mayores caduceos en los años de aportes efectuados a edades tempranas) los primeros años de aportes tienen un peso relativo mayor en la conformación final del haber básico.
- El haber básico para una jubilación ordinaria se calcula con la integración de los años aportados y el tiempo de permanencia en el sistema. Véanse algunos ejemplos para aportantes en la escala A:
Edad de ingreso y años aportados | Aportes al 100% | Aportes al 50% |
Aportes al 50% hasta los 33 años de edad y al 100% en adelante |
Aportes al 25% hasta los 33 años de edad y al 100% en adelante |
25 a 65 años de edad | 40 años aportados |
Haber básico: 192,5 Caduceos |
Haber básico: 96,25 Caduceos |
Haber básico: 166,45 Caduceos |
Haber básico: 153,43 Caduceos |
30 a 65 años de edad | 35 años aportados |
Haber básico: 159 Caduceos |
Haber básico: 79,5 Caduceos |
Haber básico: 149,70 Caduceos |
Haber básico: 145,05 Caduceos |
35 a 65 años de edad | 30 años aportados |
Haber básico: 128 Caduceos |
Haber básico: 64 Caduceos |
- Si el afiliado optó por capitalizar sus aportes excedentes, al haber básico se le suma el beneficio del Régimen de Capitalización de Aportes Excedentes.
Conozca en detalle el sistema de aportes y en caso de dudas consulte a su Delegación.