REQUISITOS
• Sociedades Civiles, Comerciales, Entes Cooperativos, Agrupaciones interdisciplinarias [ver +]
Inscripción • Los integrantes graduados en Ciencias Económicas deberán tener matrícula activa en el C.P.C.E.P.B.A, indicando los datos matriculares correspondientes a Tomo, Folio y Legajo. • Deberán encontrarse al día con el Derecho de Ejercicio Profesional. • Los integrantes de agrupaciones interdisciplinarias deberán presentar constancia de matriculación en sus Colegios Profesionales o entes que ejerzan el gobierno de sus respectivas profesiones. • Abonar la tasa del registro de sociedades entre profesionales: $ 880.- • La denominación deberá incluir al menos el apellido de uno de los integrantes graduados en Cs. Ecs., pudiendo ser acompañados por expresiones como “asociados, estudio, asesores, consultores o cualquier expresión que refleje el objeto o actividad principal”. No se aceptarán nombres de fantasía en las razones sociales. • Al momento de la inscripción, cada integrante deberá declarar su participación porcentual sobre los honorarios hasta cubrir el 100% de ellos. (en el caso de agrupaciones interdisciplinarias, cubrirán el 100% solo los matriculados en el C.P.C.E.P.B.A.). • La inscripción deberá presentarse a través del formulario correspondiente (descargar formulario) y deberá estar firmada por todos los integrantes, incluyendo los profesionales de otras disciplinas. • En caso de corresponder, deberán presentar copia certificada del contrato o estatuto social. • Las modalidades asociacionales domiciliadas en otra jurisdicción podrán inscribirse denunciando para actuar en Provincia de Buenos aires a al menos dos de sus integrantes, acreditando los datos de inscripción de la entidad en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de su domicilio, así como los datos de matriculación del resto de sus integrantes en el Colegio, Consejo Profesional o ente que ejerza el gobierno de sus respectivas profesiones, mediante Constancia expedida por dichos organismos.
Modificaciones de composición • Las modificaciones en la composición societaria correspondientes a bajas o altas de integrantes, se hará mediante nota firmada por todos ellos. • Deberán declarar la nueva participación sobre los honorarios. • La modificación tendrá vigencia a partir del día siguiente al de la presentación del trámite.
Cancelación • Podrán solicitar la cancelación de la matrícula de la sociedad mediante nota firmada por todos los integrantes. • La cancelación tendrá vigencia a partir del día siguiente al de la presentación del trámite.
• Estudios A – Sindicatura Concursal [ver +]
Inscripción • Deberán estar compuestas por no menos de tres integrantes. Salvo que exista disposición en contrario de la Cámara departamental donde el estudio se desempeñará y con la documentación respaldatoria correspondiente -acordada-. • Ninguno de sus socios podrá integrar otro Estudio matriculado de sindicatura concursal. • La denominación deberá incluir al menos el apellido de uno de los integrantes y llevará el aditamento “Contadores Públicos art. 253 Ley 24522”. • Matrícula activa y sin deuda en el C.P.C.E.P.B.A. de todos sus integrantes. • Antigüedad mínima en la matrícula de 5 años al 31 de diciembre del año en que soliciten la inscripción de la mayoría de los integrantes de la sociedad. • Domicilio del estudio dentro de la jurisdicción de la Provincia de Bs. As. • Abonar el Derecho de Inscripción de $ 880.- • En caso de existir contrato social, copia certificada del mismo. • La inscripción deberá presentarse a través del formulario correspondiente (descargar formulario) y deberá estar firmada por todos los integrantes.
Modificaciones de composición estudios sindicatura • Las modificaciones en la composición societaria correspondientes a bajas o altas de integrantes, se hará mediante nota firmada por todos ellos. • Deberán declarar la nueva participación sobre los honorarios. • La modificación tendrá vigencia a partir del día siguiente al de la presentación del trámite. • Deberán manifestar con carácter de Declaración Jurada haber concluido con todos los procedimientos concursales en los que fueron desinsaculados o bien que los que no han quedado concluidos serán atendidos por los profesionales que continúen en la sociedad.
Cancelación transitoria • Nota firmada por todos los integrantes solicitando la cancelación transitoria del estudio manifestando con carácter de declaración jurada que el mismo solo operará sobre los procedimientos concursales en los que fue desinsaculado y hasta la conclusión de los mismos, momento en el cual solicitará la baja definitiva de la matrícula del estudio. • Detalle de las causas pendientes de conclusión. • Los socios de estudios con cancelación transitoria podrán inscribirse en nuevos períodos como integrantes de otras sociedades de sindicatura concursal.
Cancelación • Podrán solicitar la cancelación de la matrícula de la sociedad mediante nota firmada por todos los integrantes. • Deberán comprometerse a informar la baja en las distintas Cámaras Departamentales donde se encuentren inscriptas. • La cancelación tendrá vigencia a partir del día siguiente al de la presentación del trámite.
|