Impuesto a las Ganancias: en 2019 pagarán los que cobren a partir de $38.301

El Gobierno actualizó el índice que mide la evolución de lo salarios registrados.
El Gobierno nacional actualizó los mínimos no imponibles del Impuesto a las Ganancias por lo que en 2019 los trabajadores en relación de dependencia solteros comenzarán a tributar a partir de un salario neto de $38.301 o $46.146 brutos.
Mientras que aquellos que estén casados y tengan dos hijos a cargo, el monto mínimo a partir del cual les descontarán es $50.668 de bolsillo o $61.046 brutos, incluidos, en ambos casos, el proporcional del aguinaldo.
Estos nuevos valores surgen a partir de la publicación que realizó hoy la secretaría de Trabajo del índice RIPTE, el cual mide la evolución que tienen los salarios de aquellos empleados registrados de manera formal, que en octubre registraron un incremento del 5,2%, mientras que asciende a 28,29% en comparación con el mismo mes del año anterior.
De esta manera, los salarios quedaron claramente lejos de lo que fue la inflación, ya que según el INDEC en el mismo período la variación del Indice de Precios al Consumidor fue del 38,5%.
Se espera que los nuevos mínimos no imponibles queden fijos durante todo 2019, a pesar que se espera una inflación mínima del 23%, por lo que algunos estiman que eso hará aumentar a casi 2 millones de trabajadores los que resulten alcanzados por este impuesto.
Puntualmente, las escalas y algunas deducciones, como cónyuge, hijos y el alquiler de vivienda única, también se elevarán 28,29 por ciento. En 2019, el mínimo no imponible subirá a 85.848,99 pesos.
Un trabajador o trabajadora con cónyuge podrá deducir hasta $80.033,97 anuales, siempre que su pareja no tenga ingresos netos superiores al mínimo de 85.848,99 pesos. Los hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo podrán deducirse con un tope anual de 40.361,43 pesos.
Desde septiembre último, si los dos padres pagan Ganancias, solo uno de ellos podrá deducir a los hijos al 100% o deberán repartirse el beneficio en partes iguales. En tanto, los inquilinos que tributen Ganancias pueden deducir el 40% del contrato, con ese tope anual de 85.848,99 pesos.
Los aportes del personal doméstico también podrán deducirse hasta el tope de $85 848,99 anual. En diciembre del 2016, se cambió el sistema y se comenzó a aplicar el RIPTE, que no es otra cosa que un cociente entre la cantidad total de remuneraciones del sector registrado de la economía y la cantidad de trabajadores.
El RIPTE tiene como defecto es que no todos los salarios crecen año a año del mismo modo, de manera que aquellos que obtienen incrementos por encima de lo que evoluciona el indicador caen en la misma trampa de que una parte se le termine llevando el Estado.
Por el contrario, quien recibe un aumento por debajo de la marca, puede resultar beneficiado.