Extendemos el plazo para que puedas cancelar tu deuda de aportes mínimos con tus excedentes
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La Caja prorrogó al 28 de febrero de 2025 la posibilidad de solicitar, mediante un procedimiento de excepción, la afectación del saldo de Excedentes Artículos 29° Ley 10.765 y 32° Ley 12.109, y del saldo de la Cuenta Especial de Capitalización de Aportes Excedentes Artículo 32° Ley 12.724; para cancelar obligaciones de aportes mínimos devengadas, vencidas e impagas al 31 de diciembre de 2023 que no se encuentren incluidas en planes de financiación.