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Licenciados en Administración: Resolución Técnica N° 58

Licenciados en Administración: Resolución Técnica N° 58

Por medio de la Resolución CD N° 3994, el Consejo Directivo de la Institución aprobó, en los términos indicados en la señalada Resolución, la Resolución Técnica N° 58 “Normas sobre Encargos Generales para Trabajos Profesionales de Licenciados en Administración”, con la excepción de la Sección II, Puntos A) y B), relativos a la Independencia y a la Falta de Independencia en el Ejercicio Profesional por parte del Licenciado en Administración, respectivamente.

La Resolución Técnica N° 58 brinda a los mencionados Licenciados pautas generales para abordar sus labores profesionales, refiriendo, entre otros aspectos, a la planificación de los trabajos, la administración de los riesgos asociados a los mismos,  la utilización de criterios profesionales debidamente fundamentados en el estado del conocimiento de las ciencias de la administración, la determinación del alcance y oportunidad de los procedimientos, la reunión de elementos de juicio pertinentes, válidos y suficientes que respalden el informe y la emisión de éste; proveyendo también modelos de Carta Convenio, de Carta de la Gerencia y de casos que dan lugar a encargos para los que es de aplicación la norma.

Las condiciones relativas a las incompatibilidades para el ejercicio de las actividades profesionales, entre ellas, la temática de la independencia así como los casos de falta de ella, para la prestación de los servicios profesionales por los Licenciados en Administración son las contenidas en el Título IV del Código de Ética “Incompatibilidades para el Ejercicio de las Actividades Profesionales”.

La vigencia obligatoria de la mencionada Resolución Técnica será a partir del 1 de enero de 2025, admitiéndose su aplicación anticipada desde el 1 de noviembre de 2024 (fecha de la aprobación de la Res. CD 3994).