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Normas Técnicas Profesionales: EECC de Cooperativas y el Informe del Auditor

Ante la falta de un pronunciamiento del INAES sobre la RT N° 62, se interpreta que las cooperativas deben continuar aplicando la RT N° 24 (T.O. s/ RT N° 51), con las aclaraciones y modificaciones establecidas por la Resolución INAES 996/2021, y en todo lo no previsto por tales normativas, la RT N° 54 -sin su Capítulo 12- (T.O. s/ RT N° 59), como Marco de Información Contable prescripto por Disposiciones Reglamentarias. En este contexto, en las auditorías de estados contables de entidades cooperativas correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025 podrá utilizarse dicho marco como Marco de Información Contable de Referencia. En función de lo expresado, se elaboró un modelo de Informe de Auditoría y modelos de las Notas a los Estados Contables referidas en el Informe del Auditor.

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