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Cumplimiento de la Resolución AFIP N° 3952. Nota a la FACPCE

Cumplimiento de la Resolución AFIP N° 3952. Nota a la FACPCE

Atento a las inquietudes que nos han expresado matriculados en la Institución respecto a la falta de estricto cumplimiento de la Resolución AFIP N° 3952 por, al menos, ciertas sucursales de entidades bancarias, ponemos en conocimiento la nota que hemos remitido a la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas en la que se pide que, a través de esa Federación, se solicite al Banco Central de la República Argentina que exija a las entidades bajo su control el cumplimiento riguroso de la señalada normativa.

Por otra parte, ante la imposibilidad que, conforme indica el Artículo 1° de la Resolución AFIP 3952, tienen ciertos agentes económicos de pedir las declaraciones juradas impositivas, de la cual están expresamente excluidos los Contadores Públicos, siendo previsible que tales profesionales, en tanto expertos en la revisión de información patrimonial, económica y financiera puedan ofrecer sus servicios para suplir la falta de ese elemento de análisis que cuya solicitud les está vedada a aquellos (realizando informes profesionales sobre cierta información patrimonial, económica y/o financiera de los contribuyentes que les sea solicitada a éstos por dichos agentes –por ejemplo, prestando el servicio profesional de Certificación de Ingresos-) y en virtud del particular énfasis que sobre el secreto fiscal exterioriza la AFIP en su resolución, se remite lo expuesto en el Comunicado publicado por este Consejo con fecha 15 de diciembre de 2016.

Para acceder al comunicado haga clic aquí.