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La AFIP hizo lugar al pedido de nuestro Consejo y dictó plazos especiales de vencimiento

La AFIP hizo lugar al pedido de nuestro Consejo y dictó plazos especiales de vencimiento

En respuesta al pedido de nuestro Consejo, mediante nota presentada el día 18 de diciembre, la AFIP dictó la RG 5467/2023 que establece plazos especiales de vencimiento.

Según la Resolución: "Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y/o pago -excepto las cuotas de planes de facilidades de pago- con vencimientos acaecidos entre los días 18 y 21 de diciembre de 2023, ambos inclusive, a cargo de los contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Provincia de Buenos Aires, se considerarán cumplidas en término siempre que se hayan efectivizado hasta el 22 de diciembre de 2023, inclusive."

Acceda al documento disponible como link de interés