Profesionales en relación de dependencia ya pueden solicitar la continuidad de la reducción de aportes mínimos para 2025

Se comunica a los afiliados que poseen reducción de aportes mínimos conforme a lo establecido en el Artículo N° 31 de la Ley 12.724 , desde el miércoles 11 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2024, está disponible la opción para solicitar la continuidad de este beneficio para el año 2025, de acuerdo a lo estipulado en el Título VI de la Resolución de Consejo Directivo N° 2879.
El trámite se realiza a través de CPBA OnLine, accediendo a la pestaña “Renovación Reducciones”. Encuentre el instructivo paso a paso aquí.
Para iniciar la solicitud, es necesario contar previamente con el certificado expedido por su empleador y el último recibo de sueldo para actualizar la información requerida. Luego, debe realizar la precarga en la web completando sus datos personales y laborales, y finalmente adjuntar la documentación mencionada. Es imprescindible adjuntar toda la documentación para que se inicie el trámite de renovación de la reducción de aportes.
De no efectuar el trámite de renovación o no completarlo en el plazo establecido, la reducción de aportes mínimos se considerará caduca a partir del 31 de diciembre de 2024, y a partir del 1° de enero de 2025, se aplicará el régimen de aportes mínimos al 100%.
Para facilitar el proceso, puede descargar aquí el modelo de Certificado de Trabajo.
El Artículo N° 31 de la Ley 12.724 estipula: "Aquellos profesionales que manifiesten, mediante declaración jurada, encontrarse obligados a efectuar aportes previsionales en razón del ejercicio de su profesión en relación de dependencia a otros sistemas previsionales, podrán optar por la reducción en un cincuenta por ciento (50 %) del importe de los aportes mínimos que establece el artículo 29º. Las prestaciones a que dan derecho los aportes del artículo 29º se reducirán a un cincuenta por ciento (50 %) respecto a las establecidas en la presente Ley.
El Consejo Directivo reglamentará la mecánica a aplicar en los casos que el afiliado ejerza el derecho de opción para disminuir el aporte o, en su defecto, para volver a realizarlo normalmente."
Por consultas puede dirigir un correo electrónico a la casilla reducciones@cpba.com.ar