Anticipo Ganancias Personas Humanas 2024: Prórroga y cómo determinarlo

A través de la Resolución General N° 5.600, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó hasta el 25 de noviembre el vencimiento del 1° anticipo del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2024, y además estableció precisiones para su determinación.
Procedimiento de determinación
Según la normativa publicada en el día de la fecha en el Boletín Oficial, el procedimiento para el cálculo será el detallado a continuación:
1. Al resultado neto antes de las deducciones personales del artículo 30 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, del período fiscal 2023, actualizado por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) -suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)- entre los meses de enero y junio de 2024, se le restarán las deducciones personales que hubieran sido computadas en dicho período, actualizadas por el coeficiente 6,8434.
2. A la ganancia neta sujeta a impuesto resultante, se le aplicará la alícuota del impuesto que corresponda en función del tramo de la escala del artículo 94 de la ley del gravamen según los valores dispuestos por la Ley N° 27.743.
3. Al impuesto así determinado se le deducirán –de corresponder- los conceptos previstos en los puntos i) a vi) del último párrafo del mencionado inciso a) del artículo 3° de la Resolución General N ° 5.211, sus modificatorias y complementarias, actualizados por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) entre los meses de enero y junio de 2024.
A su vez, la Resolución modifica el primer punto del artículo 2° de la Resolución General N° 5.246, reemplazando “…PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000.-)…”, por “…PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES ($150.000.000.-)…”; elevando la base de cálculo para la totalidad de los anticipos del período.