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La DPPJ implementó la Disposición 303/2025

La DPPJ implementó la Disposición 303/2025

A partir de la solicitud de nuestro Consejo, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires (DPPJ) resolvió flexibilizar los requisitos para las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente, y podrán presentar sus Estados Contables (EECC) sin informe de auditoría independiente, siempre que se trate de ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2026.

Nuestro Consejo Profesional, previo pedido de prórroga para la presentación de estados contables a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, obtuvo el visto bueno del organismo provincial en relación a la dispensa temporal de auditoría para MiPyMEs, que se encuentra en el Artículo 3 de la Disposición 303/2025.

En él, se destaca que las Micro y Pequeñas Empresas (según Leyes 24.467 y 25.300) que cuenten con Certificado MiPyME vigente podrán presentar sus EECC sin informe de auditoría independiente; en su lugar, se admitirá la firma del representante legal y la certificación de un Contador Público independiente legalizada por nuestra institución, siempre que se trate de ejercicios cerrados hasta el 31 de diciembre de 2026.

A su vez, la Disposición 303/2025 establece un nuevo régimen digital para la presentación anual de EECC de sociedades comerciales, que entra en vigencia a partir de este 30 de mayo de 2025, incorporando actualizaciones relevantes para profesionales en ciencias económicas, sociedades alcanzadas y entidades involucradas en los procesos de registración y fiscalización societaria. 

A continuación, compartimos los aspectos más destacados:

1. Digitalización total del trámite

A partir de esta disposición, todas las sociedades comprendidas en los artículos 290, 297, 298, 299, 300 y 302 de la Disposición DPPJ 45/2015 y en las disposiciones DISPO-2024-43, 49 y 64, deberán cumplir la presentación de EECC exclusivamente a través del Formulario Digital disponible en el sitio web oficial del organismo provincial, ya que no se admitirán presentaciones en soporte papel ni mediante escaneos de copias físicas certificadas.

2. Nuevo Anexo único obligatorio

Se sustituye el antiguo Anexo 27 por el nuevo “Anexo 9 – Formulario Estados Contables Sociedades”, que será el único formulario válido para todas las sociedades obligadas a la presentación anual, sin importar su tipo o régimen de fiscalización.

3. Obligación de presentar el Certificado de Libre Deuda Alimentaria (RDAM)

Otra incorporación destacada es la exigencia de adjuntar el Certificado de Libre Deuda Alimentaria (RDAM), emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Provincia de Buenos Aires, que deberá presentarse en formato PDF, vigente y digital, por cada persona humana que integre los órganos de administración, fiscalización o gobierno societario, al momento de iniciar el trámite de presentación de EECC.

Esta disposición se enmarca en un proceso de modernización y adecuación normativa de la DPPJ, atendiendo tanto al avance de los medios digitales como al contexto económico que afecta especialmente a las pequeñas y medianas empresas, y a las que nuestro Consejo Profesional acompaña en el cumplimiento de sus obligaciones legales y en la adaptación a los nuevos procedimientos dispuestos.