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La FACPCE realizó aportes al proyecto de Ley de Inocencia Fiscal

La FACPCE realizó aportes al proyecto de Ley de Inocencia Fiscal

En el marco del tratamiento legislativo del proyecto de Ley de Inocencia Fiscal, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) acercó a la Cámara de Diputados inquietudes y propuestas basadas en la experiencia profesional, con el foco puesto en el Régimen Penal Tributario, la Ley de Procedimiento Tributario y un nuevo esquema de declaración simplificada en Ganancias.

En el marco de las Sesiones Extraordinarias convocadas del 10 al 30 de diciembre del 2025, la FACPCE presentó al Presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y a los presidentes de los distintos bloques legislativos, una nota con inquietudes y aportes técnicos respecto del proyecto de “Ley de Inocencia Fiscal”.

La FACPCE, en el documento que cuenta con el acompañamiento de nuestro Consejo, manifestó que resulta necesario actualizar importes previstos en la Ley Penal Tributaria y en la Ley de Procedimiento Tributario, que han quedado desactualizados en términos reales por la inflación. Al mismo tiempo, advirtió que algunos valores propuestos —en particular para sanciones formales— podrían resultar excesivos, con impacto significativo en micro, pequeñas y medianas empresas. 

Principales aportes y sugerencias

Título I – Reforma del Régimen Penal Tributario (arts. 1 a 14)

  •  Actualización de las condiciones objetivas de punibilidad

Se propone incorporar una cláusula de ajuste periódico para las condiciones objetivas de punibilidad, a fin de evitar nuevas distorsiones y mejorar la previsibilidad normativa (por ejemplo, vinculada a IPC, SMVM o UVT).

  • Régimen específico de extinción de la acción penal

La FACPCE propuso un régimen específico de extinción de la acción penal para determinados delitos, condicionado al pago total de lo adeudado más intereses y un adicional del 50% dentro de 30 días hábiles. Además, limita la aplicación de la reparación integral del Código Penal al Régimen Penal Tributario, lo que podría generar tratamientos diferentes dentro del mismo marco legal.

Título II – Capítulo I Reforma de la Ley de Procedimiento Tributario N° 11.683 (arts. 15 a 32)

La iniciativa modifica el artículo 38 de la Ley 11.683 y actualiza las multas por omisión de presentación de DDJJ dentro de plazo, llevándolas a $220.000 y $440.000. La FACPCE sugiere incorporar una graduación de sanciones según capacidad económica y conducta del contribuyente, diferenciando entre incumplimientos aislados y reincidencia, y contemplando reducciones para MiPyMEs y personas humanas no consideradas grandes contribuyentes.

  • Régimen de Declaración Jurada Simplificada en el Impuesto a las Ganancias (arts. 38 a 42)

La FACPCE sugiere elevar el tope de ingresos anuales para acceder al esquema simplificado (de $ 1.000.000.000 a $ 1.500.000.000); excluir del cómputo de ingresos a la venta de bienes de uso, para no desalentar inversión en capital; y actualizar automáticamente (en forma anual) parámetros de ingresos y patrimonio.

Desde el Consejo Profesional consideramos fundamental que se tengan en cuenta las sugerencias realizadas por la FACPCE, construidas a partir de la experiencia cotidiana de los profesionales y del trabajo con contribuyentes de distinta escala. Incorporar estos aportes puede contribuir a una normativa más clara, previsible y razonable, que actualice montos desfasados sin generar efectos desproporcionados sobre las micro, pequeñas y medianas empresas y las personas humanas.

A continuación, adjuntamos la nota presentada por la Federación para su descarga.