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Ley de Inocencia Fiscal: FACPCE solicitó a ARCA aclaraciones sobre los alcances del artículo 15

Ley de Inocencia Fiscal: FACPCE solicitó a ARCA aclaraciones sobre los alcances del artículo 15

Ante consultas recibidas de profesionales de todo el país, la FACPCE elevó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) un pedido de aclaración sobre el alcance operativo del artículo 15 del Capítulo I de la Ley 27.799.

La Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE), en representación de los 24 Consejos del país, remitió una nota a la ARCA con inquietudes vinculadas a la reglamentación del artículo 15 del Capítulo I de la Ley de Inocencia Fiscal N.° 27.799.

Es que el artículo en cuestión actualiza los importes previstos en el primer párrafo del artículo 38 de la Ley 11.683, sustituyendo los montos históricos por $220.000 y $440.000, respectivamente.

Según indicó la FACPCE, en la práctica se generaron interpretaciones disímiles respecto del alcance del recordatorio por falta de presentación, los efectos jurídicos de la intimación, su aplicación según los distintos segmentos previstos y el plazo de espera contemplado, especialmente en lo referido a la eventual configuración de la multa durante ese período.

La Federación solicitó a la ARCA la emisión de una comunicación aclaratoria que contribuya a otorgar certeza tanto a contribuyentes como a los profesionales intervinientes, favoreciendo una adecuada aplicación de la normativa.