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PyMEs: Resoluciones de AFIP ante la emergencia sanitaria

PyMEs: Resoluciones de AFIP ante la emergencia sanitaria

A través de dos Resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, la AFIP extiende hasta el 30 de abril la suspensión de la aplicación de embargos para las pequeñas y medianas empresas y prorroga hasta el 30 de junio la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago.

En la Resolución General N° 4683 se instruye “sustituir en los cuadros referidos a Cantidad de planes, cuotas y tasa de interés de financiación del Anexo II de a RG n° 4268, sus modificatorias y su complementaria, la expresión Vigencia transitoria desde el 20/08/2019 al 31/03/2020, por la expresión Vigencia transitoria desde el 20/08/2019 al 30/06/2020”.

Con la presente medida las micro, pequeñas y medianas empresas Tramo I pueden acceder hasta un máximo de 10 planes de facilidades de pago y el resto de contribuyentes, hasta un máximo de 3.

Por su parte, la Resolución General N° 4684 determina en el artículo 1, “sustituir en el artículo 20 de la Resolución General n° 4557, sus modificatorias y su complementaria, la expresión “…entre los días 14 de agosto de 2019 y 31 de marzo de 2020, ambos inclusive…”, por la expresión “…entre los días 14 de agosto de 2019 y 30 de abril de 2020, ambos inclusive…”.

Estas medidas corresponden a las decisiones adoptadas por el Gobierno para hacer frente al impacto económico de la emergencia sanitaria.