Baja tasa de interés para morosos desde enero

Aunque la moratoria fiscal aprobada por el Congreso debería generar que haya menos incumplimiento en el pago o presentación de declaraciones juradas de los contribuyentes a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), siempre seguirá habiendo moras. Para esos casos desde el 1 de enero el costo de retrasarse será más barato.
De acuerdo con las normas vigentes, las tasas de intereses punitorios (simple retraso) y de resarcitorios (gestión judicial) bajará más de un punto porcentual desde el inicio de 2020. Entre enero y marzo se ubicarán entre 3,99% mensual para el primero de los casos (48% anual) y del 4,99% mensual (60% anual) en el segundo, desde los 5,34% y 6,49% que están vigentes hasta el 31 próximo.
La nueva tasa regirá, evidentemente, para los vencimientos de gravámenes que no podrán ser incluidos en la moratoria desde el 30 de noviembre en adelante. También se aplicará a las deudas de contribuyentes que no quieran o no puedan ingresar a la misma, y que tampoco opten por planes de pagos permanentes.
Así, las tasas de los resarcitorios se ubicará por debajo de la inflación anual que viene con un nivel del 55% pero la de los punitorios estará, por encima, en 60%.
La tasa que cobra la AFIP para punitorios y resarcitorios se fija cada tres meses. Equivale a 1,2 y 1,5 veces la tasa del depósito a plazo fijo del canal electrónico de 180 días del Banco Naciòn del día 20 del mes anterior al inicio del periodo. Para el primer trimestre de 2020 se debe tomar la del pasado viernes 20 de diciembre. Ese día el Banco Nación ofrecía en su página web una tasa en el canal electrónico de 40% anual, equivalente a 3,33% mensual.
Históricamente las tasas de resarcitorios y punitorios se ubicaron en el nivel del 1,5% y 3% mensual. Para evitar la tendencia de las empresas a financiarse dejando de pagar impuestos, en julio de este año Nicolás Dujovne decidió poner en marcha el mecanismo de ajuste trimestral.