Menu
Instagram Facebook Linkedin Twitter

RG 4697 de AFIP: Plazo especial

RG 4697 de AFIP: Plazo especial

La AFIP resolvió aplicar un plazo al vencimiento de la RG 4697 que operará el 29 de enero de 2021.

A través de su RG 4897 (disponible para su descarga al pie de este artículo), el ente indicó que "el vencimiento de la obligación de presentación de la información prevista en el Título I de la Resolución General N° 4.697, su modificatoria y su complementaria, correspondiente al año 2019, y en su caso, a los años 2016, 2017 y 2018, operará -en sustitución de lo establecido en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.878- el 29 de enero de 2021".