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Presentación General de Supervivencia año 2023

Estimado Beneficiario, respecto del Régimen de Certificación de Supervivencia para los beneficiarios de prestaciones previsionales correspondiente al año 2023, le recordamos que su vencimiento opera el 31/05/2023. A partir del 2 de mayo, se encuentra habilitada la emisión correspondiente para que pueda realizar el trámite. 

En ese sentido, a fin de facilitar el proceso de certificación, a partir del control de supervivencia 2021, se incorporó como método adicional de certificación la verificación y autenticación de identidad por medio de biometría facial con prueba de vitalidad, mediante el uso de la aplicación móvil TUID Vida.

Si realiza el trámite satisfactoriamente, recibirá un correo electrónico en la casilla informada en la etapa de registración. También puede controlar sus certificaciones consultando en el menú Historial de certificaciones de la aplicación.

Debajo puede encontrar disponible para su descarga el instructivo de uso de la App.

Asimismo, podrá efectuar el trámite de la manera tradicional, realizando la certificación ante cualquiera de las siguientes autoridades: 

1- Juez de Paz
2- Escribano (Acta notarial y legalización del Colegio de Escribanos si se realiza fuera de Provincia de Buenos Aires)
3- Registro Público de Comercio
4- Policía
5- Registro Civil (con o sin certificado médico)
6- Consulado / Embajada 
7- Secretario Técnico de Delegación del C.P.C.E.P.B.A. (Formularios enviados a Sede mediante el sistema de bolsín)

Para finalizar el trámite, si efectúa la certificación ante una de las autoridades enumeradas en los puntos 1- a 6-, deberá entregar el formulario original certificado en cualquier Delegación / Receptoría del CPCE o en la Oficina de Atención al afiliado en CABA (Bartolomé Mitre N°457/469 tercer piso módulo D). También tiene la posibilidad de enviarlo por correo postal a calle diagonal 74 N°1463 CP 1900 La Plata. 

Adicionalmente, se recuerda que el Consejo Directivo en reunión del 11 de noviembre de 2016 aprobó la Resolución N°3622 referente a la presentación del certificado de supervivencia. Mediante dicha Resolución, se estableció un régimen general con una única presentación anual durante el mes de mayo. No obstante, la Mesa Directiva tiene autorización para determinar grupos de riesgo y solicitar presentaciones adicionales.

Por otro lado, se informa que la normativa vigente exceptúa de la presentación anual del certificado de supervivencia a aquellos beneficiarios que mantengan la matrícula activa y que, a su vez, hayan realizado actuaciones profesionales originales que requieran certificación de firma ante el C.P.C.E.P.B.A. durante el periodo abril / mayo (fecha de informe) correspondientes al año 2023.

Por último, es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación provoca la suspensión del pago de su beneficio previsional hasta tanto la certificación sea correctamente realizada.

Si tiene alguna consulta o sugerencia, puede comunicarse con su Delegación / Receptoría de pertenencia.